Art. 59. Los municipios, con el apoyo de los estados miembros y la Unión , va a estimular y facilitar la asignación de recursos y espacios de programas culturales, actividades deportivas y de ocio se centró en los niños y los jóvenes.
Por lo tanto, es necesario que haya lugares de ocio y luego ambientes tales como parques, campos, jardines o los bosques no debe ser destruido.
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